No se podr谩 asistir a m谩s de dos ciudadanos y de hacerlo ser谩 procesado judicialmente
La JCE realizar谩 pruebas este domingo del voto automatizado y digitaci贸n con App
En el nivel municipal basado en el principio de indivisibilidad el votante no puede votar por el candidato a alcalde de un partido y el candidato a regidor de otro diferente, porque en ese caso anula su voto, dictamin贸 la Junta Central Electoral mediante la resoluci贸n 03-2020.
“Es decir, al votar por un regidor, se estar谩 votando por el alcalde propuesto por ese partido. lgual tratamiento se aplicar谩 para el caso de los directores y vocales, en los cuales votando por un vocal se estar谩 votando por el director o directora que postule el partido”, explica.
A帽adi贸 que “disponer que en las Elecciones Ordinarias Generales del a帽o 2020, tanto municipales como congresionales, la asignacion de los cargos para los candidatos a senadoreslas, alcaldes, vicealcaldes o vicealcaldesa de municipios, directores y subdirectores de distritos municipales, se realizar谩 por mayor铆a simple”
En tanto que en cuanto a la elecci贸n a diputados en las provincias y circunscripciones electorales, la Junta determin贸 cuando se vote marcando el recuadro del partido dicho sufragio se le sumar谩 a dicha organizaci贸n, pero no a ning煤n candidato en particular.
Asimismo el pleno del organismo electoral dispuso que, en los mismos procesos del 2020, para la eleci贸n de los candidatoslas a diputados de provincias, regidores municipales y vocales de distritos municipales se aplicara la representaci贸n proporcional en la determinaci贸n de la cantidad de los cargos que correspondan a cada partido, adjudicando aisladamente dichos cargos al partido o alianza de partidos cuyo factor de elecci贸n para esa posici贸n sea el m谩s elevado.
Las acreditaciones
La Junta tambi茅n mediante la resoluci贸n 05-2020 limit贸 las acreditaciones de sus observadores y delegados de los partidos en los centros de votaci贸n y de proceso de datos, en cuyos recintos la Polic铆a Militar Electoral no permitir谩 la presencia de personas sin identificaciones oficiales.
El s谩bado la JCE emiti贸 11 resoluciones y dos reglamentos en los que adem谩s regul贸 la asistencia de particulares a electores y se ratific贸 el uso de celulares para trasmitir los resultados.
Prohibiciones
Al mismo tiempo el organismo electoral prohibi贸 los “representantes de candidatos”, “supervisores” y “fiscales”, quienes en los procesos electorales abarrotaban los centros de votaciones.
En su resoluci贸n 8, se instaura el uso de tinta indeleble y por tanto se dispuso que ning煤n ciudadano con el dedo entintado permanecer谩 dentro del recinto electoral.
Mientras en la resoluci贸n 9, sobre la asistencia del voto, se hace constar que si un ciudadano requiriese ser asistido para ejercer el sufragio, deber谩 presentarse con una persona de su confianza, explicar el v铆nculo existente y el caso se asentar谩 en un libro de acta.
No se podr谩 asistir a m谩s de dos ciudadanos y de hacerlo ser谩 procesado judicialmente.
La resoluci贸n 1-2020, sobre votaci贸n manual y automatizada, estableci贸 que la boleta impresa se usar谩 en los municipios que no exceda los 11 regidores.
El registro de los votos por partidos y candidatos se har谩 en cuadernillos auxiliares cuyos resultados se transmitir谩n v铆a aplicaci贸n inform谩tica en un celular de la Junta.
Decisiones
El s谩bado la Junta Central Electoral emiti贸 11 resoluciones y dos reglamentos con los cuales sent贸 las bases de organizaci贸n de las elecciones municipales del 16 de febrero pr贸ximo.