Santo Domingo, RD. – El Ministerio de Administración Pública (MAP) recalcó que, conforme a las normas vigentes, los funcionarios y servidores de los entes y órganos del ámbito del Poder Ejecutivo no pueden ejercer de manera simultánea los cargos de alcalde y director de distrito, ni ningún otro cargo remunerado de los gobiernos locales, a excepción de la docencia. Mediante la circular núm. 008040, firmada por el titular del MAP, Darío Castillo Lugo, el órgano rector de la Administración Pública indicó que los funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo, solo podrán ejercer las funciones de regidores de ayuntamientos y vocales de juntas de distritos, cuando lo hagan de forma honorífica, y no se vean afectadas por alguna de las incompatibilidades establecidas en la Ley núm. 176-07, del Distrito Nacional y los municipios, y a la vez, no interfieran con la jornada laboral establecida en la institución donde laboran. La misma señala que ese desempeño “honorífico” de regidores y vocales,